Nombre
Territorio
Historia
Etnografía
Lengua
Símbolos
Instituciones
Precedentes
El Cantón (1873)
Siglo XX
Aspectos generales
El proceso autonómico
La cuestión territorial
Nuestra identidad
Reforma del Estatuto
Normalización lingüística
Vertebración del territorio
El problema de los localismos
Economía y Desarrollo
El Arco Mediterráneo
Infraestructuras
Agua
Medio Ambiente
Partidos políticos
Participación ciudadana
Cultura y Sociedad
Documentos de texto
Documentos de audio y video
Hemeroteca
Bibliografía
Descargas
Inicio > Documentos de texto > Autonomía eclesiástica de Murcia / Francisco J. Gómez Ortín
AUTONOMÍA ECLESIÁSTICA DE MURCIA / Francisco J. Gómez Ortín

Cunden rumores fundados e que la jerarquía católica de España se apresta a encarar la reforma del mapa eclesiástico nacional […]. Cada “provincia eclesiástica” (agrupación de diócesis bajo un arzobispo metropolitano), debería acoplarse a las fronteras de la comunidad autónoma donde radica […]. Ya Alfonso X, al sojuzgar Murcia y restaurar la diócesis cartaginense en 1250, recaba del Papa que el nuevo obispado, en atención a su alto rango histórico, no esté sometido a metrópoli alguna, sino que quede exento o independiente, privilegio que mantendrá hasta 1492.

Murcia, incorporada a Castilla, no dependió civilmente ni de Valencia ni de Andalucía, sino que formó el Reino de Murcia, como entidad clara y definida. No ocurrió así en el plano eclesiástico: al contar con una sola diócesis, acabó por ser agregada sucesivamente a Valencia (1492), a Toledo, y a Granada (1851), de cuya archidiócesis continúa siendo sufragánea en la actualidad […].

A nuestro modesto entender, la solución ideal para nuestra región sería el erigir nuestra provincia eclesiástica de Cartagena, compuesta por un arzobispado metropolitano (Cartagena) y cuatro obispados sufragáneos (Murcia, Lorca, Caravaca y Cieza-Jumilla). Trataremos de esclarecer nuestra atrevida sugerencia […].

1. CARTAGENA

La ciudad de Asdrúbal, que fuera antiguamente no sólo sede episcopal, sino también metropolitana, nunca ha renunciado a su pretérita gloria. Ciertamente, ya desde el año 432 aparece Carthago Nova como metrópoli de la vasta provincia cartaginense, con jurisdicción sobre diecisiete sufragáneas, incluidas Toledo, Compluto, Valencia y Baleares. Cartagena, sujeta a la dominación bizantina, conservará su categoría de metrópoli hasta el 624 sólo en el territorio ocupado. En el 610, Toledo ya suplanta a Cartagena en tal dignidad por imposición de los reyes visigodos.

En 1271, apenas transcurridos veinte años desde el restablecimiento de la sede cartaginense, ya el obispo electo García y su cabildo impetran de Nicolás III bula para trasladar la capital del Obispado desde Cartagena a Murcia, a causa de los serios peligros de piratas que hacía casi inhabitable Cartagena. […] Pero sería Nicolás IV quien otorgara en 1289 la licencia pedida, con la condición de retener por siempre el nombre de Cartagena. Sancho IV, a su vez, autoriza el traslado en mayo de 1291 […]. A raíz del traspaso de sede a Murcia debió de comenzar a gestarse el sentimiento de reivindicación que Cartagena viene sosteniendo por siglos […].

Bajo el obispo Lope de Rivas arreciaron las reclamaciones de los cartageneros, pues, desaparecidas casi del todo las causas del traslado, la sede debía volver a Cartagena. Para acallar estas demandas obtuvo de Pablo II bula para dedicar a Catedral del Obispado de Cartagena la iglesia de Santa María la Mayor, aún no concluida, realizándolo en enero de 1465 […]. Nuevos intentos se constatan, un siglo después, […] pero el prolijo pleito entablado en 1574 remataría en 1623 con infructuoso resultado. […]

El rescoldo nunca se ha apagado del todo. Precisamente, hace unos días un cartagenero denunciaba en “La Verdad” el error histórico-jurídico de escribir “obispo y Obispado de Murcia” escamoteando el nombre legítimo de Cartagena. Es éste el momento más propicio para Cartagena, ocasión única para ver lograda su triple y vieja aspiración, tantas veces fallida: la catedralidad, la episcopalidad y la metropolitanidad. A la objeción de por qué no reservar el Arzobispado para Murcia, de más probada solera episcopal, ascendiendo Cartagena sólo a Obispado, respondemos que éste es el mismo caso de Extremadura […].


2. LORCA

La pretensión lorquina de episcopalidad tiene asimismo remoto origen. Si se apela a antigüedad, la diócesis de Eliocroca (Lorca) puede presumir de abolengo, tanto como la de Cartagena, puesto que su obispo Suceso firma ya en el Concilio de Elvira (305). […] A 1533 se remonta el establecimiento, en la iglesia de Santiago, de la colegiata de San Patricio, venerable institución lorquina, para la cual, en 1581, 1720 y 1759, promulgarán constituciones los obispos de Cartagena. Luego, en 1772, “hubo que contrariar algunos manejos encaminados a crear el obispado de Lorca” (Díaz Cassou). […]

Pero el golpe más rudo a su secular aspiración lo recibiría Lorca con el Concordato de 1851: la supresión de colegiatas y pequeñas diócesis cerraba el paso rotundamente a la posible restitución del obispado de Eliocroca. Los obispos de Cartagena, buscando acaso calmar las ansias lorquinas, residieron temporadas en Lorca para que el pueblo y el clero se hicieran la ilusión que tenían obispo, catedral y palacio propios (el obispo Landeira vivó años y murió en el palacio episcopal de Lorca en 1876).

También ahora, por fin, Lorca vería trocado en realidad su sueño de resucitar la vieja diócesis eliocrocense. ¡Qué pena, sin embargo, que para entonces no pudieran anexionársele a la diócesis la zona de Huércal-Overa, cartaginense hasta hace poco, más la comarca de los Vélez, que reconoce por capital natural a Lorca!


3. CARAVACA

Recordemos, ante todo, que la comarca del noroeste murciano, ya en la época visigoda tuvo obispado, con sede en Bigastro o Begastri (cerca de la actual Cehegín, a orillas del Quípar). […] Arrasada Begastri por los árabes en el siglo IX, hasta su nombre mismo se esfumaría por completo al rodar el tiempo. […] Pero hay algo más novedoso (y aquí lanzo la primicia de un documento, rigurosamente inédito, que guarda el Archivo Episcopal de Murcia): Caravaca estuvo a punto de ser cabeza de una diócesis en el siglo XVIII […].

La demarcación del nonnato obispado abarcaría todo el territorio de la Orden de Santiago en el Reino de Murcia, a saber: las vicarías de Aledo, Caravaca, Yeste, Segura y Beas. (…) El expediente empieza a tramitarse en septiembre de 1730 y culmina en septiembre de 1747, con el sobreseimiento del asunto, al inhibirse el rey de estampar su firma, cuando estaba ya ultimado sin aparente contradicción.

Es bien conocido que las vicarías de Órdenes militares exentas fueron un avispero de conflictos para los obispos de Cartagena. Con vistas a zanjar de uan vez los continuos pleitos y desacatos, debió de arbitrar el obispo Belluga la creación de una diócesis con las vicarías santiaguistas, segregadas de Cartagena, según se colige de un Memorial de hacia 1720 […]. La situación debió de empeorar tanto con el obispo Montes, que éste decidió recurrir a la solución ideada por su antecesor Belluga, acelerando las gestiones, las cuales, pese al dictamen favorable del Consejo de Órdenes, no dieron el resultado apetecido […].

De haber cuajado esta iniciativa, ello habría prestigiado enormemente a Caravaca con la consiguiente trascendencia político-administrativa. A la hora de dividir España en provincias en 1833, el ascendiente de la cabecera episcopal obviamente hubiera pesado mucho, asegurado la permanente vinculación de Yeste y Segura al reino de Murcia, a través de Caravaca, capital indiscutible de las serranías convergentes de Murcia, Albacete, Granada, Almería y Jaén.

La bula pontificia que decretaba la integración de las vicarías de Órdenes en la diócesis de la respectiva provincia civil, provocó una violenta reacción de Caravaca, en 1874. El pintoresco minicisma, rápidamente desvanecido, revela una latente conciencia de autonomía eclesiástica, dimanada de la larga etapa de exención jurisdiccional de que gozó Caravaca durante siglos. La comarca de Caravaca, por su situación e historia, se hace acreedora a diócesis propia, como la tuvo en tiempos antiguos […].

4. CIEZA-JUMILLA

El territorio del obispado correspondería, en líneas generales, al de la controvertida diócesis elotana (589-610), presente ya en los concilios toledanos.

Aquí la mayor dificultad radica en señalar el lugar más idóneo para la capitalidad episcopal. No mentemos siquiera a Montealegre (donde algunos localizan a la antigua Elo), sin queremos incurrir en el anatema de don Antonio Yelo Templado, descubrido de la presunta Elo o Ello junto a la moderna Cieza. Aun admitiendo por segura esta ubicación, opinamos que hoy fuera tal vez más conveniente y práctico elegir a Jumilla como sede del redivivo obispado, por su equidistancia entre Yecla y Cieza.

5. MURCIA

[…] Bien ganada se tiene la dignidad episcopal, después de durante siete siglos ostentarla “interinamente” con brillantez. Su afamada catedral (torre y fachada) ha llegado a ser pregón y símbolo de la Región Murciana. A Murcia le vino la episcopalidad por sustitución temporal, que luego se habría de prolongar por siglos hasta hoy. Con todo, Murcia posee, que no detenta, la sede episcopal legítimamente, por libre elección de obispo y cabildo, con aprobación pontificia y real, nada de usurpación […].

 

(Línea, 20 y 23 de noviembre de 1982)

 

www.jarique.com
Resolución minima 800x600 en IE5.0 y NS6.0 © Copyright 2005 Asociación Jarique
Actualización: 12/07/2005